Art. 25, ORDEN ECD/1004/2018, de 7 de junio, por la que se regula la Red Integrada de Orientación Educativa en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
a) Generar recursos en el ámbito del autismo, actualizarlos y darles difusión, para facilitar el desarrollo de las funciones que la Red Integrada de Orientación Educativa lleve a cabo en todos sus ámbitos de actuación.
b) Colaborar con servicios y entidades de carácter social, sanitario y educativo relacionados con el autismo, al objeto de establecer actuaciones coordinadas entre todos los ámbitos.
c) Gestionar el inventario de material y, en su caso, del mobiliario, materiales y recursos adaptados destinados a los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Asesorar a la comunidad educativa sobre las implicaciones que, en los distintos contextos, tienen las necesidades del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de autismo.
a) Colaborar en el diseño y desarrollo del plan de formación de la Red Integrada de Orientación Educativa.
b) Contribuir a la actualización científica de la Red Integrada de Orientación Educativa.
c) Asesorar a la Red Integrada de Orientación Educativa en la evaluación e intervención en el alumnado con autismo.
d)Colaborar, a petición de la Red Integrada de Orientación Educativa, en la evaluación psicopedagógica del alumnado preferentemente en su contexto educativo, ya sea alumnado escolarizado, de nueva escolarización u otros casos de sector, así como en la elaboración del informe psicopedagógico y la propuesta de escolarización.
e) Realizar la evaluación psicopedagógica, a petición del Director del Servicio Provincial competente en materia de educación no universitaria, del alumnado con especiales dificultades en su ámbito de actuación.
f) Realizar el informe psicopedagógico de acuerdo a los anexos III de la Orden de 7 de junio de 2018, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las actuaciones de intervención educativa inclusiva.
g) Colaborar con los profesionales de orientación educativa en el seguimiento de la respuesta educativa del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de autismo, previa solicitud de la Red Integrada de Orientación Educativa.
h) Colaborar con la Red Integrada de Orientación Educativa, en la transición del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de autismo entre las diferentes etapas educativas, con el objetivo de dar continuidad a la respuesta educativa inclusiva.
a) Colaborar en el diseño del plan de formación de los centros de atención educativa preferente.
b) Asesorar y colaborar en la adopción de actuaciones de intervención educativa que favorezcan la presencia, la participación y el aprendizaje del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de autismo.
c)Formar y coordinar grupos de trabajo en el ámbito de su especialidad.
d)Colaborar en la formación del profesorado y comunidad educativa en el ámbito del autismo, así como en la promoción y difusión de buenas prácticas en el ámbito educativo.
a) Colaborar en el diseño y desarrollo de formación para las familias o representantes legales en el ámbito de su especialidad.
b) Asesorar sobre la respuesta educativa en el ámbito familiar, en aquellos casos que lo solicite el/la orientador/a, tutor/a o equipo directivo del centro educativo.
a) Colaborar con servicios y entidades de carácter social, sanitario, educativo y otros en materias relacionadas con el autismo, al objeto de establecer actuaciones coordinadas.
b)Participar en las actividades de formación, innovación e investigación que se determinen por la Dirección General competente.